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diálogos, propuestas, historias para uma cidadania mundial

Medios de comunicación, legislación y libertad de expresión

Iniciativas en Asia meridional

K.S. VENKATESWARAN

04 / 1996

Pocos sectores de la actividad legislativa han resultado más insolubles dentro de las democracias liberales que estos relacionados con los medios de comunicación masiva. Las razones son obvias. La tarea supone el equilibrio de dos intereses vitales, pero que están frecuentemente en conflicto: el derecho, de un lado, de individuos o de grupos a expresarse por ellos mismos y a recibir información sin obstáculos, y, por otro lado, la legítima esperanza de la sociedad de que tal derecho no será mal empleado ni que se abusará de él en detrimento de los demás.

Debido a que la acción para lograr este equilibrio requiere de una evaluación de varios factores, algunos de los cuales puede ser peculiar de un país o de una región, la receta universal puede quedarse a un lado. Por consiguiente, la mayoría de las pautas morales internacionales acerca del tema, por ejemplo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, están casi siempre expresadas en términos vagos, en términos generales. Típicamente, estas pautas establecen que todas las personas tendrán derecho a la libertad de expresión; pero, este es un derecho que se puede restringir de acuerdo con los intereses de la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o las éticas, la protección de la reputación de los demás, la protección de los secretos estatales y la conservación de la autoridad y la dignidad de las cortes. Cada país se queda en libertad para preparar leyes más elaboradas teniendo en cuenta los factores locales.

En estos últimos años, un enfoque como éste no ha protegido suficientemente el derecho a la libre de expresión, ya que permite a los gobiernos autoritarios demasiado margen de acción para ahogar la disidencia por medio de interpretaciones exageradamente amplias de frases tales como "seguridad nacional" u "orden público". Se ha propuesto para discutir un enfoque alternativo y complementario para prescribir pautas que describan más concretamente las características regionales y subregionales, que, al mismo tiempo que reúnan las genuinas preocupaciones acerca de la necesidad de tener en cuenta los factores específicos del país o de la región, limiten la libertad de acción de los gobiernos. Se sostiene que esto también contribuiría a facilitar más la observancia de la ley, dada la más pequeña extensión geográfica del sistema. Esta filosofía ha informado la creación de la Convención Europea de Derechos Humanos (1950), la Convención Interamericana de Derechos Humanos (1969)y La Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos (1981).

Se puede decir que es una curiosa ironía que Asia, la región más poblada del mundo, no cuente con tales mecanismos para la protección de los derechos humanos, una laguna en la que se repara frecuentemente, pero acerca de la cual se ha hecho muy poco hasta ahora. Asia ha constituido un área de interés particular para aquellos que siguen el rastro y vigilan el comportamiento de la libertad de palabra, quienes han expresado su preocupación sobre los frenos cada vez más severos impuestos sobre la libertad de expresión por parte de algunos regímenes en la región. Al reconocer la necesidad de alguna acción para llenar este vacío - incluso si es sólo sobre una base subregional - , la Asociación de los Medios de Comunicación de Asia del Sur (South Asia Media Association), una organización no gubernamental, dio inicio a un proyecto en octubre de 1994 que trata de dar a luz el borrador de una ley para garantizar la libertad de prensa y de otros medios de comunicación en siete países de la región (India, Pakistán, Bangladesh, Sri Lanka, Nepal, Bután y las Maldivas). El objetivo del proyecto es más bien modesto. Sus organizadores no pretenden más que en un inicio identificar los elementos liberales básicos de la legislación nacional existente acerca de la libertad de expresión en aquellos siete países y hacer el borrador de la ley propuesto alrededor de aquellos elementos. Ellos creen que esto serviría como un posible impedimento a los gobiernos en la región para introducir nuevas medidas legales que puedan restringir la libertad de palabra más de lo que actualmente es.

El proyecto está recibiendo apoyo del Centro Asiático de Información e Investigación de la Comunicación Masiva (Asian Mass Communication Research and Information Centre, AMIC), el cual está especialmente calificado para asesorar acerca del tema. Hace ya una década, AMIC ha llevado a cabo investigaciones acerca de las leyes y regulaciones de los medios de comunicación en algunas juridicciones asiáticas, y ha publicado o tiene en proceso de publicación extensos estudios acerca de al menos cinco de los siete países de Asia Meridional que abarca el proyecto. La investigación de AMIC describe una variada realidad. Aunque los medios de comunicación masivos, en especial la prensa, han disfrutado de una libertad considerable de parte de la censura pública en la mayoría de los países de Asia Meridional, la región no está exenta de leyes represivas. Más inquietante, incluso donde las leyes mismas se expresan en términos relativamente inofensivos, es que su aplicación por parte de los gobiernos ha estado lejos de proteger la libertad de palabra. Este abismo inmenso entre el precepto y la práctica, emparejado con un inaceptable alto nivel de control político sobre los medios de comunicación electrónicos en casi todos los países examinados, representa un reto tremendo para los reformistas.

El éxito de cualquier sistema más allá del contexto nacional para proteger los derechos humanos es, dada la naturaleza de las cosas, limitado. Depende, fundamentalmente, del grado de voluntad política que cada gobierno dentro del sistema ejercerá para hacer obedecer lo que, al fin de la jornada, son reglas que no se pueden aplicar. Esperamos que esta iniciativa en Asia Meridional no tropiece con las piedras de la intransigencia política.

Palavras-chave

comunicação, liberdade de expressão


, , Ásia

Notas

K.S. Venkateswaran es un catedrático de leyes en:School of Public Policy, Economics and Law,University of Ulsterat Jordanstown, Newtowabbey, Co. Antrim, BT37 0QB Northern Ireland. Tel (44 1232)36 88 76. Fax (44 1232)23 60 85.- ks.venkat@ulst.ac.uk

Fonte

Artigos e dossiês

Videazimut, Establecer un marco legislativo in. Clips, 1996 (Canada), 10

Videazimut - 3680, rue Jeanne-Mance, bur.430 Montreal (Quebec) CANADA H2X 2K5 - Tél. (1 514)982 6660 - Fax (1 514)982 6122 - Canadá - videaz (@) web.net

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