EL CONTEXTO
La legislación inquilinaria vigente en México desde 1985 es limitada, ambigua e inadecuada para una ciudad con un déficit de 1,800.000 viviendas, en una ciudad donde los desalojos son una amenaza latente para miles de familias que carecen de seguridad jurídica y de recursos económicos. Muchas veces, los propietarios individuales firman contratos de arrendamiento con alguna inmobiliaria para subarrendar y convertir al inquilino en subarrendatario, carente de derechos y celebran contratos en comodato para simular que no existe relación de renta y organizan el pago de esta con títulos de crédito independientes de la relación original.
También, además de rentar viviendas en construcciones insalubres o en antiguas vecindades, muchos inquilinos deben enfrentarse a juicios de desahucio que terminan con su desalojo violento y humillante o por un convenio de desocupación, pactado por medio de los tribunales de Arrendamiento Inmobiliarios o de la Procuraduría Federal del consumidor. Existe en el Distrito Federal un promedio anual de 50 mil juicios de desahucio emprendidos ante los 40 Tribunales de arrendamiento Inmobiliario.
Las viviendas son en su mayor parte vecindades en que hasta 50 familias comparten uno o más retretes colectivos, con drenajes a ras de tierra. Son viviendas de dimensiones muy reducidas, a veces sólo tienen tres o cuatro metros cuadrados de superficie. No es raro que sus muros y techos exhiban enormes grietas.
Es así que el 27 de octubre de 1992, 140 familias de la Colonia Pensil (Delegación Miguel Hidalgo)fueron desalojadas forzosamente por granaderos, servicios de policías preventiva y judiciales. Estas familias son acusados de despojo o desacato por los propietarios coludidos con notarios y notificadores corruptos.
LOS ACTORES INVOLUCRADOS EN EL PROCESO
Los pobladores de la Colonia Pensil están organizados en la Nueva Unión de Inquilinos de la Colonia Pensil (NUICP), cuya organización de base es integrante de la UPREZ (Unión Popular Revolucionaria Emiliano Zapata)que forma parte del movimiento urbano popular mexicano
Sus vínculos con otros movimientos populares hace que los pobladores saben cómo defenderse a diferentes niveles: estratégicos, políticos y legales
Por ejemplo los integrantes de la NUICP guardan en sus casas varios cohetones, los cuales lanzan al aire en el momento en que se presentan las fuerzas públicas a ejecutar la orden de desalojo. Los estallidos convocan a más de cien personas, las cuales, generalmente pero no siempre, como fue el caso en octubre de 1992, impiden que se realice la diligencia
Los pobladores de la Colonia Pensil afirman que sólo en su asentamiento hay por lo menos tres tentativas por semana, las cuales evitan por medio de los cohetones
También cuentan con una serie de videos que muestran movilizaciones para evitar los lanzamientos de cohetones. En un intento de desalojo en junio de 1992, es patente la participación de los granaderos de la Secretaría de Protección y Vialidad a pesar que la policía preventiva no debe intervenir en conflictos de carácter civil como los juicios de desahucios
Como parte de la resistencia a los desahucios, los inquilinos han aprendido a exigir a los actuarios un documento en que conste que los desalojos no se realizaron a fin de contar con un respaldo que les evite la acusación por despojo, además de que tienen asesoría de abogados especializados en asuntos de arrendamiento
Los pobladores utilizaron también una estrategia legal para defenderse: el 26 de enero de 1993, con otros inquilinos de diversas colonias integrantes de la UPREZ, desarrollaron un plantón en la sede de la ONU en México, acordando que el 28 de agosto de 1991, la Subcomisión de Prevención de discriminaciones y Protección a las Minorias de la ONU, adoptó una resolución que condena los desalojos forzosos, como grave violación a los derechos humanos, en particular al derecho a una vivienda digna y adecuada
LAS DEMANDAS DE LOS INQUILINOS DE LA COLONIA PENSIL SON LAS SIGUIENTES:
-Que la ONU con sede en México interfiera ante el gobierno, instituciones u organismos correspondientes para que se lleven a cabo reformas legislativas en donde se prohiban definitivamente los desalojos en México
-Que la ONU interfiera ante las autoridades del Departamento del Distrito Federal para que este utilice las vías jurídicas a su alcance para cumplir con la expropiación de vecindades que fue demandado hace varios años, y para poder construir viviendas dignas al alcance de los pobladores
REACCIONES DE LOS DIFERENTES SECTORES
El abogado asesor jurídico de la Nueva Unión de Inquilinos de la Colonia Pensil comentó que es necesario crear nuevas organizaciones sociales en todas las colonias del área metropolitana para que los residentes puedan defenderse cuando estén en riesgo de ser desalojados.
En ningún momento los inquilinos dejaron de pagar la renta y siempre han pretendido llegar a un acuerdo con los dueños de las vecindades; solamente en contadas ocasiones ellos han accedido a pactar, la mayoría optó por los desalojos.
En la actual legislación inquilinaria, el desalojo forzoso es permitido al propietario y está realizado solapado por autoridades de la Secretaría de Protección y Vialidad, cuerpo de granaderos y policía juidicial
Los inquilinos han denunciado su situación a delegados políticos, al Secretario General de Gobierno, al Regente de la Ciudad de México, y a la Cámara de Diputados a través de su Comisión de Vivienda, pero hasta ahora se han topado con una total indiferencia a estos problemas que contradicen las declaraciones que hacen sus funcionarios acerca de mayor atención a la ciudadanía y respecto a los derechos humanos
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El problema del inquilinato en México D.F. se está agudizando puesto que hace más de 17 años, cuando se dejó de construir viviendas para renta de bajo costo
En las antiguas vecindades, las rentas son bajas y no permiten que los propietarios inviertan dinero en el mantenimiento puesto que la ley de rentas congeladas en 1943 afectó a la mayoría de estas vecindades y provocó el desinterés de sus dueños y su deterioro progresivo
Es claro que los propietarios están interesados en el desalojo de los inquilinos y que traten de liberar predios con el fin de realizar operaciones lucrativas de promoción inmobiliarias. Está en su interés cambiar el uso del suelo para destinar los predios a actividades comerciales o a habitaciones para una población con mayor poder adquisitivo.
Otro
NUEVA UNION DE INQUILINOS DE LA COLONIA PENSIL, S.N., 1992/01/25
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