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dialogues, proposals, stories for global citizenship

Los sistemas de participación local

Experiencias de construcción desde el gobierno local -4-

Martha Patricia BARRAGAN SOLIS

01 / 2001

El problema de la integración.

Se deriva del carácter del órgano, pero, en todo caso, requiere de una mínima definición de principios y criterios para su funcionamiento, así como responder a características básicas de un instrumento democrático como son la pluralidad y la participación de los directamente interesados en el asunto. En cualquier caso, es necesaria una reglamentación, por mínima que sea, como lo muestran los procesos participativos de Jalisco.

En los órganos de representación, establecer si ésta es territorial o sectorial o combinada; si debiera haber sistema de porcentajes y pesos o no. Es importante señalar que diversas experiencias han mostrado que la representación territorial permite integrar a la diversidad de la población, en tanto que la sectorial tiende a parcializar y, en no pocas ocasiones, a sobre representar a algunos sectores de interés sobre otros. De la misma manera, habrá de considerarse si será necesario integrarla por fases, de acuerdo a las necesidades de consolidación del proceso, lo que sólo puede contestarse a partir del análisis objetivo de condiciones y características del tejido social en cada municipio en particular.

Otro aspecto a tomar en cuenta es el relacionado con las formas de elección de los representantes, si ésta será directa o indirecta, o combinada; por ejemplo: elección directa de consejos zonales en áreas determinadas y elección indirecta entre éstos para designar a los que pasen a formar parte de el consejo municipal. Finalmente, establecer la duración del cargo y los procedimientos de renovación.

Atribuciones y competencias.

Es éste uno de los aspectos que más polémica han despertado. De que magnitud puede ser el grado de intervención de la instancia participativa en las decisiones de gobierno. Las disyuntivas principales a resolver son tres :

1. Si se trata de un órgano sólo de opinión y propuesta, o puede contar con facultades que le permitan tomar decisiones; y entonces, cuáles son los campos de intervención: las obras; en áreas específicas como salud, educación, cultura; la planeación del desarrollo, la asignación de recursos; el marco normativo de la vida municipal; etc.

2. Seguramente que el otro aspecto central es el relacionado al grado de cercanía al control del gobierno municipal o si contará con cierto margen de funcionamiento autónomo; es decir, si el ayuntamiento o algunos de sus miembros forman parte de ésta instancia, o se le reconocen órganos de coordinación y estructuración propios, así como ritmo y procedimientos propios.

3. Habrá que resolver también lo relacionado al nivel de institucionalidad que se le quiera reconocer, y esto se determina en la perspectiva de contar con un órgano integrado a la vida cotidiana de la sociedad local debidamente reconocido y respetado por los gobernantes en turno; o si se trata sólo de una instancia transitoria o de bajo perfil que no obligue a nadie a tomarla en cuenta. Si la opción es la primera, nos podrá llevar a buscarle su estatuto propio y su integración al organigrama local de manera permanente, así como al cuerpo normativo de la vida municipal: Bando, reglamentos, hasta la búsqueda de transformar la Ley Orgánica Municipal y el ordenamiento Constitucional para el reconocimiento de la participación social en la vida y gestión municipal.(continua).

Key words

participation of inhabitants, public management


, Mexico, Mexico, Mexico dc

Notes

La presente ficha es el resultado de la selección informativa de los escritos de opinión que publicó el equipo de desarrollo y Gestión Municipal de COPEVI.

Source

Internal document

COPEVI - PROGRAMA DE DESARROLLO Y GESTION MUNICIPAL, Artículos de opinión, COPEVI, 1997/01/12 (México), 34

COPEVI (Centro Operacional de Vivienda y Poblamiento) - 1o. de Mayo No. 151, San Pedro de los Pinos, México, D.F. 03800 MEXIQUE Phone: 52 55159627 - Mexico - copevi (@) laneta.apc.org

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